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¿Pueden despedir a un trabajador en tratamiento médico?
La Corte Constitucional reafirmó que el fuero de estabilidad laboral reforzada protege a todos los trabajadores que enfrentan condiciones de salud que afectan su desempeño, incluso sin un dictamen oficial de pérdida de capacidad laboral garantizando su derecho al trabajo digno e inclusivo.
Este pronunciamiento, contenido en la Sentencia T-311 de 2025 y el Boletín de Prensa No.154, reafirmó el alcance del fuero de estabilidad laboral reforzada en Colombia, estableciendo que: “ Este fuero cobija a todos los trabajadores que presenten una condición de salud que les impida o dificulte el adecuado desempeño de sus actividades cotidianas ”
¿Cuál fue el caso que originó la decisión?
Un trabajador fue despedido mientras se encontraba en tratamiento médico y con recomendaciones laborales activas. La Corte determinó que su empleador vulneró derechos fundamentales al no solicitar autorización del inspector de trabajo, y ordenó su reintegro al cargo que desempeñaba o a uno de condiciones equivalentes.
El fuero de estabilidad laboral reforzada encuentra sustento en las siguientes normas:
- Principio de igualdad y protección especial a personas en situación de debilidad manifiesta.
- Obligación del Estado y los empleadores de garantizar la capacitación y ubicación laboral de las personas con discapacidad.
- Mecanismos en favor de la inclusión laboral de las personas con discapacidad.
Alcance del fuero
- Aplica a todas las personas en condición de discapacidad y quienes se encuentren en situación de debilidad manifiesta.
- Su protección no depende del tipo de limitación, ni del grado de pérdida de capacidad laboral.
- No es necesario contar con un dictamen médico que indique el nivel de discapacidad para acceder a la protección.
El empleador debe conocer la situación de salud del trabajador. Ese conocimiento puede demostrarse por distintos medios, tales como:
- La notoriedad de los síntomas o signos de la enfermedad.
- El trámite de incapacidades médicas o solicitudes de permisos para citas médicas.
- Las recomendaciones de medicina laboral que el empleador debe cumplir.
- La frecuencia de consultas médicas y las comunicaciones del trabajador sobre su estado de salud.
En conclusión, el pronunciamiento de la Corte Constitucional refuerza el principio de dignidad humana en el trabajo, reconociendo que la protección laboral no depende de trámites o dictámenes, sino de la realidad del trabajador.
El fuero de estabilidad laboral reforzada se consolida como un instrumento esencial de inclusión, equidad y justicia, asegurando que ningún trabajador sea despedido por su estado de salud y reafirmando el compromiso del Estado colombiano con la protección de los derechos fundamentales.


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