Disposición en materia del sistema de facturación.
A partir del 02 de febrero de 2024, las
facturas electrónicas no podrán ser emitidas con fechas anteriores o
posteriores a la del día en que se genera.
De acuerdo con la Resolución 165 de 2023
de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, se adopta la Versión
1.9 del Anexo Técnico de Factura Electrónica de Venta, en la cual se elimina la
regla de diez (10) días posterior e inferior a la fecha y se validará que la
fecha de emisión sea igual a la fecha de firma, aplica también para notas crédito
y débito.
Para ver la fuente normativa, consultea quí la Resolución 165 de 2023
Fuente: DIAN
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