Disposición en materia del sistema de facturación.

A partir del 02 de febrero de 2024, las facturas electrónicas no podrán ser emitidas con fechas anteriores o posteriores a la del día en que se genera.

De acuerdo con la Resolución 165 de 2023 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, se adopta la Versión 1.9 del Anexo Técnico de Factura Electrónica de Venta, en la cual se elimina la regla de diez (10) días posterior e inferior a la fecha y se validará que la fecha de emisión sea igual a la fecha de firma, aplica también para notas crédito y débito.

Para ver la fuente normativa, consultea quí la Resolución 165 de 2023

Fuente: DIAN