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El próximo 25 de agosto vence el plazo para realizar el reporte de reclamos del primer semestre de 2026 en el RNBD de la SIC

 

Recuerde que a más tardar el 25 de agosto de 2026 se debe efectuar en el sistema del Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) el reporte de reclamos interpuestos por los titulares de datos en el primer semestre del año 2026. 


Este reporte debe presentarse incluso cuando el número de reclamaciones sea cero (0). Asimismo, deberá incluir los reclamos formulados por los titulares tanto ante el Responsable como ante el Encargado del tratamiento de los datos personales. El reporte debe realizarse de acuerdo con las tipologías de reclamo previstas en el Manual de Usuario del RNBD, disponible AQUÍ.


De igual forma, les recordamos otros eventos en que proceden actualizaciones obligatorias de la información consignada en el RNBD:

 

  • Cuando haya cambios sustanciales en la información consignada en el RNBD, la actualización debe hacerse dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente a su ocurrencia.
  • Cuando se genere una nueva base de datos, su registro en el RNBD debe realizarse en un tiempo no mayor a dos (2) meses siguientes a su creación.

 

Finalmente, les recordamos que todas las empresas que cuenten con activos totales iguales o superiores a 100.000 UVT (aproximadamente COP $5.237.400.000) y que aún no hayan cumplido con esta obligación deberán adelantar la presentación del reporte de reclamos en el RNBD.

 

El incumplimiento de estos requisitos puede acarrear sanciones administrativas, incluyendo multas significativas y órdenes de cumplimiento, que la SIC aplica para garantizar el adecuado tratamiento de los datos personales.

 

Fuente: SIC