Factura electrónica para los declarantes del impuesto sobre la renta con sistema POS
Mediante Resolución No.001092
del 01 de julio de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
recuerda a los interesados que desde el próximo 1 de abril los declarantes del
impuesto sobre la renta y complementarios y declarantes de ingresos y
patrimonio, deberán implementar el límite de 5 UVT ($212.060 para 2023) como
monto máximo para la expedición de documentos equivalentes generados por
máquina registradora con sistema POS.
En
consecuencia, será necesaria la expedición de la factura electrónica por cada
operación de venta o prestación de servicio que, para el año 2023, supere el
límite de 5 UVT por parte de los usuarios que no tienen la calidad de grandes
contribuyentes. Este segundo grupo de obligados determinado en la Resolución
deberá expedir dicho documento con el cumplimiento de los requisitos dispuestos
en la normatividad vigente sobre la materia.
De acuerdo al
calendario indicado, las próximas fechas para el cumplimiento de la obligación
son:
Grupo |
Fecha máxima para aplicación del límite de 5 UVT |
Calidad de los sujetos obligados a expedir factura de
venta y/o documento equivalente |
3 |
1 de mayo de 2023 |
No declarantes del impuesto
sobre la renta y complementarios. |
4 |
1 de junio de 2023 |
Demás sujetos que no
tengan ninguna de las calidades, mencionadas. |
Finalmente, la DIAN
también recordó que cada primero de enero a partir del año gravable 2024, los
sujetos obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente que
opten por expedir el documento equivalente denominado tiquete de máquina
registradora con sistema P.O.S, deberán ajustar el valor de la UVT aplicable
para cumplir con la limitación de los cinco (5) UVT en la expedición de cada
tiquete.
Consulte la Resolución,
haciendo clic aquí
.
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