Factura electrónica para los declarantes del impuesto sobre la renta con sistema POS


Mediante Resolución No.001092 del 01 de julio de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recuerda a los interesados que desde el próximo 1 de abril los declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios y declarantes de ingresos y patrimonio, deberán implementar el límite de 5 UVT ($212.060 para 2023) como monto máximo para la expedición de documentos equivalentes generados por máquina registradora con sistema POS.
 
En consecuencia, será necesaria la expedición de la factura electrónica por cada operación de venta o prestación de servicio que, para el año 2023, supere el límite de 5 UVT por parte de los usuarios que no tienen la calidad de grandes contribuyentes. Este segundo grupo de obligados determinado en la Resolución deberá expedir dicho documento con el cumplimiento de los requisitos dispuestos en la normatividad vigente sobre la materia.
 
De acuerdo al calendario indicado, las próximas fechas para el cumplimiento de la obligación son:
 

Grupo

Fecha máxima para

aplicación del límite de 5

UVT

Calidad de los sujetos obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente

3

1 de mayo de

2023

No declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios.

4

1 de junio de

2023

Demás sujetos que no tengan ninguna de las calidades, mencionadas.

 
Finalmente, la DIAN también recordó que cada primero de enero a partir del año gravable 2024, los sujetos obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente que opten por expedir el documento equivalente denominado tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S, deberán ajustar el valor de la UVT aplicable para cumplir con la limitación de los cinco (5) UVT en la expedición de cada tiquete.
 
Consulte la Resolución, haciendo clic aquí

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