Horas extras deben ser renovadas por empleadores

Se sancionará a quienes desarrollen trabajo suplementario sin contar con la debida autorización del ministerio del Trabajo

 

El Ministerio del Trabajo mediante Resolución 3031 del 30 de agosto de 2023 determinó la obligación que tienen los empleadores de renovar la autorización para trabajo de horas extras en las diferentes empresas en el país. De acuerdo a la resolución, el empleador cuenta con un término de seis meses para realizar el respectivo ajuste ante la dirección Territorial del Ministerio de Trabajo.


Trabajar horas extras: qué debe hacer como empleador
 
En primer lugar, la Resolución contempla la acción obligatoria de los empleadores de renovar cada seis meses la autorización que permite a su personal trabajar en horas extras.
 
En segunda instancia, y como consecuencia del no acato de la norma, la Resolución comprende la anulación de la autorización existente pasados los seis meses desde su emisión. De igual manera, estipula una serie de sanciones para las empresas que desacaten la norma, es decir que el trabajo en horas extras no esté autorizado debidamente.
 
La resolución expedida por la cartera laboral, afirma: “en reciente pronunciamiento de la Comisión de Expertos de la OIT [Organización Internacional del Trabajo] presentó observaciones para Colombia en cuanto a los convenios ratificados indicando la necesidad de que se establezcan unos límites de las horas trabajadas por día y que las horas extras, sean retribuidas de manera oportuna y que existan límites a estas horas extras tanto a nivel semanal como anual como lo establecen los convenios de la OIT.
 
Resalta la resolución, que mientras dure el proceso de actualización, que no tendrá ningún costo, seguirá siendo válido el documento que en su momento fue expedido por la respectiva Dirección Territorial”, resalta la resolución.


¿Dónde radicar la autorización para trabajo de horas extras?
 
Si como empleador usted desea acceder al trámite “Autorización para laborar horas extras”, tenga en cuenta que deberá hacerlo a través del Sistema Único de Información de Trámites (SUIT).  Este portal pone a su disposición todos los requisitos para el trámite y una guía de los pasos a seguir. Además, le proporciona una lista de los puntos de atención, que pueden resultar útiles durante el trámite.


Las sanciones
 
Si el empleador no realizó la debida renovación de la autorización para trabajar horas extras, la norma establece que el Ministerio de Trabajo podrá sancionar a la compañía en conformidad con el desacato. Es decir, la sanción dependerá de factores como el número de horas extras trabajadas, las condiciones laborales de la entidad en cuestión y la fecha de vigencia de la autorización previa.
 
Para las compañías que a la fecha ya poseen una autorización para laborar horas extras, el plazo de vigencia será de seis meses a partir de la expedición de la resolución, es decir desde el 30 de agosto. De otra parte, para quienes no se han acogido a la norma, el Ministerio otorga un plazo no superior a dos años para proceder con la autorización para laborar horas extras. 

Finalmente, la norma aclara, que se sancionará a quienes desarrollen trabajo suplementario sin contar con la debida autorización, porque es el Ministerio del Trabajo, quien da esta facultad.

Consulte y descargue la >Resolución aquí<

 

Fuente: MinTrabajo