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Reforma laboral entra en vigencia: Ley 2466 del 25 de junio de 2025


Este miércoles 25 de junio fue sancionada finalmente la reforma laboral promovida por el Gobierno Nacional. Con esta medida, busca ampliar la protección de los derechos laborales, formalizar el empleo y avanzar hacia condiciones más justas para trabajadores en todo el país.
 
La nueva Ley 2466 de 2025, modifica normas clave del Código Sustantivo del Trabajo. Entre las novedades más destacadas se encuentran:
 
  • Contratos laborales: Se establece como norma general el contrato a término indefinido, limitando la celebración de contratos a término fijo a un máximo de cuatro años y regulando con claridad las modalidades de contrato por obra o labor determinada. Se fortalecen los derechos del trabajador en la terminación y preaviso del contrato.
  • Contrato de aprendizaje: Se formaliza el contrato de aprendizaje del Sena, que ya no será una figura de formación con auxilio económico, sino un contrato laboral a término fijo, con todas las prestaciones legales. El aprendiz recibirá, como mínimo, en la fase lectiva el equivalente al 75% de un salario mínimo (antes era 50%) y en la práctica el 100% (antes era 75%).
  • Formación y empleo juvenil: Se crean programas para la promoción del primer empleo y último empleo, incentivos para la contratación formal y programas de formación para el trabajo rural, incluyendo reconocimiento de saberes ancestrales.
  • Jornada laboral: Se fija una jornada máxima ordinaria de 8 horas diarias y 42 horas semanales, con flexibilidad en su distribución de cinco a seis días, y regulación detallada del trabajo nocturno, horas extras y recargos, incluyendo una implementación gradual para el pago del recargo por trabajo en días de descanso obligatorio.
  • Prevención de violencia y discriminación: Se adoptan medidas para eliminar el acoso, la violencia y la discriminación en el mundo laboral, con protocolos, acciones de prevención y sanciones, incluyendo protección contra discriminación por motivos de género, orientación sexual, ideología, religión o discapacidad.
  • Trabajo en plataformas digitales: Se regulan las relaciones laborales de los trabajadores digitales en servicios de reparto, estableciendo modalidades de contratación, derechos a la seguridad social, mecanismos de registro, transparencia en sistemas automatizados y supervisión humana de decisiones.
 
De igual forma, la reciente legislación laboral en Colombia introduce cambios significativos que buscan mejorar las condiciones de los trabajadores y fomentar la inclusión. La nueva normativa contempla la creación de licencias remuneradas para citas médicas, condiciones como la endometriosis y compromisos escolares, brindando mayor flexibilidad a los empleados. Adicionalmente, se reconoce y recompensa el uso de la bicicleta como medio de transporte al trabajo: quienes certifiquen su uso habitual podrán disfrutar de un día de descanso remunerado cada seis meses.
 
En relación con el teletrabajo, se ratifica la obligación de las empresas de proporcionar un auxilio de conectividad a los trabajadores que devenguen menos de dos salarios mínimos mensuales.
 
La ley establece cuotas de empleo para personas con discapacidad:
  • Empresas con hasta 500 empleados deberán contratar al menos dos personas con discapacidad por cada 100 trabajadores.
  •  Para las empresas que superen los 500 empleados, se adicionará una persona con discapacidad por cada 100 trabajadores adicionales.
Asimismo, se impone al Ministerio de Trabajo la obligación de formular una política pública integral en un plazo de 12 meses para combatir la discriminación, el acoso y la violencia en el ámbito laboral.
 
Advertencia y Vigilancia Rigurosa
 
Estas nuevas directrices para el mercado laboral conllevan una clara advertencia para los empleadores: su cumplimiento será de carácter obligatorio. Las autoridades han anunciado una vigilancia estricta para asegurar que estas disposiciones no sean ignoradas ni evadidas.
 
 Para mayor información consultar: Ley 2466 de 2025

 Fuente: – Congreso de la República